domingo, 3 de marzo de 2013

El Supremo anula la prohibición del burka en Lleida.

El Tribunal Supremo ha entrado a resolver parcialmente lo que los propios magistrados califican como “un problema de marcado sentido político” que se ha suscitado en distintos países. ¿Pueden legítimamente algunas mujeres musulmanas usar un burka en la calle y relacionarse completamente tapadas con el resto de los miembros de su comunidad? El Ayuntamiento de Lleida y después de él media docena de municipios, entendió que no, y lo prohibió modificando unas ordenanzas municipales.
El argumento fundamental de la sentencia es que los Ayuntamientos carecen de competencias para limitar un derecho fundamental como es la libertad religiosa, algo que solo se puede hacer mediante una ley, un tipo de norma reservada al Parlamento. El alto tribunal deja claro que su sentencia no responde a la pregunta general de si en España y en nuestra Constitución cabe o no una prohibición general del uso del burka, como en Francia y Bélgica, sino que se limita a analizar la cuestión del Ayuntamiento de Lleida y su competencia. De hecho, deja abierta la posibilidad de que una ley estatal entre a regular la cuestión sin prejuzgarla.

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